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Plazas Escala de Auxiliares Administrativos UNED

Trabajo disponible en: 04810, Madrid, Andalucia, España
Empresa: Conseyu de Mocedá de Xixón
Tiempo completo posición
Publicado en 2025-12-02
Especializaciones laborales:
  • Administración
    Administración de Oficina, Asistente Administrativo, Oficinista, Asistente de Oficina
Rango Salarial o Referencia de la Industria: 10000 - 30000 EUR Anual EUR 10000.00 30000.00 YEAR
Descripción del trabajo
36 plazas Escala de Auxiliares Administrativos UNED

Hasta 26 de noviembre de 2025

Se convocan pruebas selectivas para la provisión de 36 plazas de la Escala de Auxiliares Administrativos de la UNED, subgrupo C2, por el sistema de acceso libre. Del total de las plazas convocadas se reservarán cinco para ser cubiertas por quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado igual o superior al 33 por 100.

Todas las plazas están ubicadas en Madrid.

El proceso selectivo se realizará mediante concurso oposición que constará deun ejercicio obligatorio y eliminatorio.

Quienes aspiren a ingresar a la Escala de Auxiliares Administrativos de la UNED, objeto de esta convocatoria, deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera los requisitos generales de acceso a la función pública, y en particular, los siguientes:

  • 1

    Nacionalidad.
    • Tener la nacionalidad española.
    • También podrán participar, como personal funcionario, en igualdad de condiciones que los españoles, con excepción de aquellos empleos públicos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones públicas:
      • a)
        Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
      • b)
        El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
      • c)
        Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. Los aspirantes no residentes en España incluidos en el apartado b), así como los extranjeros incluidos en el apartado c), deberán acompañar a su solicitud, documento que acredite las condiciones que se alegan.
  • 2

    Edad:
    Tener cumplidos los 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
  • 3

    Capacidad:
    Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
  • 4

    Habilitación:
    No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios, ni pertenecer al mismo Cuerpo o Escala a cuyas pruebas selectivas se presenten. En caso de ser nacional de otro Estado, deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
  • 5

    Titulación:
    Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, según lo previsto en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. Asimismo, se estará a lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio (BOE del 17), por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación modificada mediante Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
#J-18808-Ljbffr
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