Más empleos:
Mediador
Trabajo disponible en:
04810, Madrid, Andalucia, España
Publicado en 2026-01-08
Empresa:
certezia
Tiempo completo
posición Publicado en 2026-01-08
Especializaciones laborales:
-
Leyes/Legales
Abogado
Descripción del trabajo
El que busca la verdad, corre el riesgo de encontrarla» M.v.
Buscamos un perfil que encaje en la nueva ley.
Artículo 11. Condiciones para ejercer de mediador.- Pueden ser mediadores las personas naturales que se hallen en pleno ejercicio de sus derechos civiles, siempre que no se lo impida la legislación a la que puedan estar sometidos en el ejercicio de su profesión.
- Las personas jurídicas que se dediquen a la mediación, sean sociedades profesionales o cualquier otra prevista por el ordenamiento jurídico, deberán designar para su ejercicio a una persona natural que reúna los requisitos previstos en esta Ley.
- El mediador deberá estar en posesión de título oficial universitario o de formación profesional superior y contar con formación específica para ejercer la mediación, que se adquirirá mediante la realización de uno o varios cursos específicos impartidos por instituciones debidamente acreditadas, que tendrán validez para el ejercicio de la actividad mediadora en cualquier parte del territorio nacional.
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#J-18808-LjbffrTenga en cuenta que actualmente no se aceptan solicitudes desde su jurisdicción. Las preferencias de los candidatos son decisión del empleador o del agente reclutador.
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